Pago de la reserva inicial

Una vez haya encontrado la propiedad adecuada, es importante poner un depósito de reserva para que nadie más pueda alquilar la propiedad. Esta reserva es generalmente equivalente a un mes de alquiler, pero podría ser más, dependiendo de cuando usted está planeando mudarse. Por lo general se deduce del depósito una vez firmado el contrato de alquiler.

Documentos legales necesarios

La primera cosa que debe hacer, es abrir una cuenta bancaria, que luego le permitirá configurar débitos directos para los servicios públicos. También debe traer I.D como su pasaporte y documento de identidad.

Si planea trabajar en España, debe solicitar un número N.I.E- lea esta página para obtener más información http://www.practicalspain.com/NIE. Htm.

Los propietarios también pueden querer ver pruebas de ingresos (nómina) y referencias.

Depósito / Garantía bancaria

El día de la firma, el inquilino debe dar el equivalente a un mes de alquiler, en caso de daños y perjuicios. Este depósito está en manos de la Cámara de Propiedad Urbana, y se libera hasta 30 días después del final del arrendamiento, una vez que el propietario ha revisado que el piso se ha dejado en un estado satisfactorio.

Algunos propietarios pueden solicitar garantías bancarias adicionales para protegerse contra el incumplimiento del pago del alquiler.

Tipos de contratos de alquiler

Los 3 tipos principales de contratos en España son:

• Contratos a corto plazo de menos de 3 meses.

• Contratos de alquiler temporal de más de 3 meses, pero menos de 1 año.

• Contratos de alquiler a largo plazo: 1 año mínimo obligatorio con derecho a estancia

Seguro recomendado

Right Casa recomienda que los inquilinos contraten un seguro adecuado para cubrir sus pertenencias y cualquier posible daño a la propiedad alquilada. También aconsejamos comunicarse con su nuevo propietario para establecer qué tipo de seguro tienen, para estar seguros de que están cubiertos para todas las eventualidades.

Honorarios de agencia - a pagar por el inquilino

Para alquileres a corto plazo: Hasta 3 meses: 20% + IVA del importe total.

Mínimo de 3 meses hasta 10 meses: 15 % + IVA (21%) del importe total.

Alquileres a largo plazo: 1 año 10% del alquiler anual + IVA (21%)